Por: J. L. Bernabé C. / Altagracia de Orituco, Venezuela diciembre de 2017.
Para todos los bolivianos es sabido que la dictadura de Mariano
Melgarejo fue una de las etapas más oscuras de nuestra historia, por ello hoy
transcribo la narración que hace Ramón Sotomayor Valdés en su: La legación de
Chile en Bolivia desde setiembre de 1867 hasta principios de 1870, una cruel ejecución
ordenada por Melgarejo y ejecutada a cabalidad
por su primo hermano, el general Leonardo
Antezana.
“...Y pues va de fusilamientos políticos, sin ley, ni forma
judicial alguna, mencionaremos el de Ladislao Santos, ejecutado, el 9 de
diciembre último, a las 5 de la madrugada, en la plaza de La Paz, sobre las
paredes del palacio del Congreso. Tal vez la causa inmediata de la revolución de
Cochabamba y de Sucre no ha sido otra que la ejecución inconstitucional,
injusta, alevosa del infeliz Santos.
De repente Santos se encontró sindicado de revolucionario, sin
más antecedente que el reunirse en su café personas poco afectas al Gobierno, y
ser además pariente de otras calificadas de opositores.
Santos fue aprehendido de orden del prefecto de Cochabamba y
remitido bajo custodia a La Paz. El 8 de diciembre por la tarde llego el preso
a esta ciudad. En la noche de ese mismo día Melgarejo dio al general Antezana,
comandante de armas del departamento, la orden de fusilar a Santos. Cuando los ministros
sospecharon esta orden arbitraria y cruel, se empeñaron secretamente con
Antezana para que suspendiese, al menos por algunas horas, la ejecución.
Decimos esto, acogiendo un simple rumor, del que no tenemos la menor
certidumbre. Pero es grato al corazón creer en el momento de cometerse una iniquidad,
ha habido siquiera una tentativa aunque tímida e ineficaz, para evitar su consumación.
Se dice pues que el general Rojas, ministro de la guerra y
cuñado del Presidente, fue entre los miembros del gabinete, el que más se empeñó
con Antezana, para que postergase la ejecución de Santos, esperando que
Melgarejo se ablandara algunas horas después y cambiara de resolución.
Antezana aparento ceder, y habiéndose retirado a su casa, pidió consejo al licor, como
acostumbra hacerlo en los casos críticos también en los que no lo son.
A las 4 de la madrugada salía Antezana de su casa y se dirigía
resueltamente al cuartel donde estaba guardado el desventurado Santos. Hizo
abrir el calabozo de este y le notifico personalmente que lo iba a fusilar. El
presunto reo se estremeció y quedo helado. Hacía muy pocas horas que había arribado
al cuartel general y esperaba ver llegar al fiscal de la justicia, no al
verdugo. El comandante de armas marcho con el preso y un piquete de tropa a la
plaza principal. Hasta hacer alto sobre el frente del palacio del congreso y a
80 pasos de la morada del Presidente Melgarejo.
Vanas fueron las protestas y suplicas de la víctima. “Protesto
por la última vez, general, que soy inocente, y en todo caso reclamo garantías de
la constitución” dijo Santos, sentado ya en el banquillo.- “Las garantías de la
Constitución, replico Antezana, no se han hecho para picaros como Ud.” Y mando a los soldados preparar las armas.
Santos se aferró todavía a un sacerdote que le acompañaba. Antezana, impaciente
por matar, dio la voz de “apunten.” El sacerdote corría inminentemente peligro
y necesito hacer un supremo esfuerzo para desasirse de la víctima, que
aturdida, desatentada creía que un ministro de Cristo podría servirle de escudo
y prolongarle la vida por algunos instantes. Apenas conseguía desligarse el sacerdote,
cuando una descarga atravesó el pecho y rompió el cráneo del desgraciado
Santos.
La detonación despertó a los vecinos de la plaza, que sin
embargo, no pudieron por el momento darse cuenta de lo que pasaba; y solamente
algunas horas más tarde supieron y supo toda La Paz, que Melgarejo había hecho
fusilar por una simple sospecha, sin la menor formalidad de justicia y contra
el tenor expreso de la Constitución del Estado, al ciudadano Ladislao Santos…”
Sotomayor señala también que: ”…Hasta el momento de la ejecución
viose en el palacio la figura siniestra de un hombre que se paseaba por el salón
que está más próximo a la plaza. De cuando en cuando se aproximaba
cautelosamente a las vidrieras del balcón más inmediato al lugar de la ejecución.
Era Melgarejo que a esa distancia quería ser testigo del cumplimiento de sus órdenes”.
“…Concluyamos con un hecho capital que tuvo lugar el día
mismo del fusilamiento de Santos. A las 9 de la mañana se dirigió Melgarejo a
la cárcel pública, que en la Paz no es más que una cloaca donde yacen revueltos
hombres, mujeres y muchachos, reos rematados y reos presuntos, asesinos y
detenidos por una ligera sospecha, ladrones, salteadores, etc. Hizo abrir las
puertas y dijo a los detenidos: “os doy la libertad a todos, marchaos.” Y los
reos se fueron, recibiendo algunos dinero de las mismas manos del Presidente.
LA cárcel quedo escueta. Este acto de clemencia fue por cierto bien digno del que
no la tuvo para con el reo político sacrificado momentos antes…”
Para terminar, transcribo lo que señala la constitución Política
de Bolivia vigente en ese año. “Nadie puede ser detenido, arrestado, preso, ni
condenado, sino en los casos y según las formas establecidas por la ley; ni ser
juzgado por otros jueces que los naturales de su propio fuero y establecidos
con anterioridad por la ley. Tampoco podrá serlo por comisiones especiales.”
Art.14.
“Queda abolida la pena de muerte, a no ser en los casos de
asesinato, parricidio y traición a la Patria, entendiéndose por traición la complicidad
con los enemigos exteriores, en caso de guerra.” Art.17.
Los dos artículos transcritos (art. 14 y 17) son parte de la
Constitución Política de Bolivia (1868) vigente en el momento de la ilegal e
injusta ejecución.
Fuente: La legación de Chile en Bolivia desde setiembre de
1867 hasta principios de 1870. De: Ramón Sotomayor Valdés.
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