Catedral basílica de San Lorenzo en la Plaza 24 de septiembre en Santa Cruz (Década de 1960) |
En esta oportunidad les traemos la octava entrega.
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Entradas publicadas:
Parte I - PLACIDO
MOLINA REFUTA A ENRIQUE DE GANDÍA (PARTE I)
Parte II - PLÁCIDO MOLINA MOSTAJO REFUTA A ENRIQUE DE GANDÍA Y
SUSTENDENCIOSOS POSTULADOS (Parte II)
Parte III - PLACIDO MOLINA REFUTA A ENRIQUE DE GANDÍA (SOBREMIGRACIONES Y
DISCUSIONES LINGÜÍSTICAS)
Parte IV - PLÁCIDO MOLINA MOSTAJO REFUTA A ENRIQUE DE GANDÍA(SOBRE LOS
LIMITES NATURALES ENTRE PERÚ Y PARAGUAY)
Parte VI - PLÁCIDO MOLINA MOSTAJO REFUTA A ENRIQUE DE GANDÍA (Sobre la
fundación de Santa Cruz de la Sierra)
Parte VII - PLÁCIDO MOLINA MOSTAJO REFUTA A ENRIQUE DEGANDÍA (LIMITES DE LA GOBERNACION DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA)
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EL OBISPADO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA
(AL CAPÍTULO VI)
Estamos conformes, por creerlo verdad iluminada por
documentos fehacientes de la época, que lo reservado a la Arquidiócesis de La
Plata en la división que el 17 de febrero de 1609 se hizo de las tres diócesis
en que se dividió la primitiva de Charcas, se extendía hacia el Oriente sólo
hasta «las fronteras de indios chiriguanos de guerra»; pues si bien esas
fronteras se adelantaron un tanto conforme avanzaron los pueblos fortificados
de San Pedro de Montalbán de Tarabuco, en Yamparáez, a Tomina, El Villar y La
Laguna (en el «Partido» o Corregimiento que unas veces se nombró Tomina y otras
de La Laguna), y en Cinti a San Juan, Paspaya, Pilaya, Camataquí, y en Tarija a
Salinas, Chiquiacá, etc., es indudable que esos avances sólo en los últimos
tiempos de la dominación española y en la República, valieron a la Intendencia
de La Plata y después al Departamento de Chuquisaca el obtener con
desmembración de Tomina y de la Cordillera de los Chiriguanos, los terrenos con
los que se formó al fin la Provincia del Azero.
Pero de esta conformidad, no se deduce— como jamás puede
deducirse— que la Chiriguanía fronteriza de La Plata (y no decimos aquí de
Charcas, por evitar la duplicidad de sentido con respecto de la Audiencia),
tocaba por ese lado con el Obispado e Intendencia del Paraguay; sino,
precisamente, con el Obispado e Intendencia de Santa Cruz de la Sierra, como es
la verdad, comprobada con la Historia de los tres siglos de la Colonia y el que
va de la República.
A traer a centenares los comprobantes de esto, haríamos dos
extensos trabajos que a medias tenemos ya escritos, titulados: « Historia del Obispado
de Santa Cruz de la Sierra» e «Historia de la Guerra Chiriguana», y por eso, en
este improvisado panfleto, sólo hemos de aducir síntesis de aquellos o meras
conclusiones que serán suficientes por el momento.
Esto mismo es lo que en buen romance asienta el señor
Gandía, cuando al copiar la división oficial de los Obispados de Charcas,
asigna al de Santa Cruz «la Gobernación, Corrigimiento, Valles, Vicarías-» de
doctrina y beneficios que quedan al Obispado de la Ciudad de San Lorenzo de La
Barranca», y que los enumera así:
«El Curato y Vicaria de San Lorenzo de La Barranca, el
Curato y Vicaría de la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra, el Curato y Vicaría
de la ciudad de San Francisco de Alfaro...»
Pues, si bien «en los corregimientos, valles, doctrinas y
beneficios pertenecientes al Obispado de Santa Cruz, no iba, como es natural,
incluido el Chaco», no es por que éste perteneciese «al Obispado del Paraguay,
que limitaba con el de Santa Cruz en el río Parapetí»; sino porque en la época
del do«jumento, 1609, el tal Chaco no era todavía un Curato.— Había en él sólo
misiones incipientes— ni menos una Vicaría— que lo fué mucho después, y porque
en ese tiempo ni llevaba ese nombre— que después se lo ha impuesto la
costumbre— sino que según los tiempos y las partes de él, se lo llamaba— como
ya vimos en otra parte— «tierras de Vitupué, o de Condorillo, o de Manso, o de
La Barranca» y más comúnmente «La Cordillera o los llanos de los Chiriguanaes».
Esto coincide con lo que dijimos en el capítulo anterior: lo
del lindero de Parapetí, que se refiere a la jurisdicción de San Lorenzo,
ciudad heredera de La Barranca, es verdad en cuanto este río en la parte que
iba del Sur al Norte, «dividía por entonces, las misiones de La Cordillera» de
las de Chiquitos.
Por consiguiente así como el Curato y Vicaría de Santa Cruz
de la Sierra— que fué establecido en tiempo del Gobernador Zurita por el P.
Comendador de la Real Orden de la Merced, Fr, Diego de Porres— abarcaba casi
todos los pueblos y misiones de Chiquitos, (este casi es porque en el Norte se
formó la Vicaría de San Francisco de Alfaro que debía comprender el Mojos por
descubrirse), así el Curato y Vicaría de San Lorenzo de La Barranca, comprendía
todos los territorios que cayeron bajo la jurisdicción de las dos ciudades ya
fundidas entonces de La Barranca de Chaves— en tierras de Cordillera— y de San
Lorenzo el Real de la Frontera— en tierras de Grigotá.—
Al que lo dude, el autor de este trabajo lo invita a pasar
la vista por su archivo particular, en que encontrará: Cédulas Reales,
Provisiones Virreinaticias y de la Audiencia; Autos Episcopales, Diarios de
Expediciones e Informes de Gobernadores y Subdelegados, Informes e Itinerarios
de Ingenieros, Actas de demarcaciones territoriales; títulos de tierras,
documentos de valor histórico, censos y estadísticas, relaciones de viajeros
ilustres; expedientes sobre pleitos relacionados con la zona; copias de libros
parroquiales, etc., etc., etc., que no puede ahora dar a la publicidad por
falta de tiempo y de dinero; pero que lo harán, si no él, sus hijos o el
Gobierno Nacional.
Unido esto al conocimiento de la región que ha cruzado
cuatro veces y a algún estudio llevadoa cabo— a la vez que ganaba la vida en
Santa Cruz, Buenos Aires y otras ciudades— puede, con un profundo amor a la
verdad, sostener esta argumentación con una convicción que cree sincera, porque
no la ha inventado para sostener tesis a base de prejuicios, sino que es
síntesis y conclusión lógica de probanzas irrebatibles.
Contra esta enorme documentación que está conforme con lo
que existe en el país: lugares, ríos, lagunas, valles, serranías, caminos,
pueblos civiles o de misiones, en los que hubo campañas y fundaciones, ciudades
y fortines, por cuyas cercanías no se marcó en aquellos tiempos la planta del
paraguayo— nada pueden afirmaciones fundadas en opiniones de autores que
hablaron de lejos, o que recibieron falsos informes, o que tratando de
interpretar forzadamente papeles llenos de vaguedades, de concesiones en el
papel que pasaron sin dejar rastro en -el terreno, o de meros pasajes de
aventureros «Cazadores de tierras ajenas o buscadores de mitos o de minas»—
escribieron si no maliciosamente, buscando pniebas donde no las hay, por lo
menos llevando prejuicios para servir interesada o desinteresadamente una
causa, por patriotismo exagerado unos, o por apasionamientos y simpatías los
otros.
Aquí la certidumbre, apoyada en millares de probanzas
consideradas fehacientes, y en el conocimiento personal del país, que concuerda
con aquellos, no puede ceder ante la presunción de sabiduría a base de
discusiones dialécticas, por más rodeadas que estén de adornos literarios y
famas de maestros.
Alguna vez que nos ha tocado triturar historias forjadas
sobre «cuentos de viajes» y papeles mal interpretados, y también geografías
oficiales hechas con datos falsos o tomados a la ligera, hemos invocado la
experiencia o el conocimiento personal; pues, «si el descuaje de nuestros
bosques y el curso de nuestros ríos, nos ha costado sacrificios sin cuento, y
en sus centros y márgenes las tumbas de nuestros padres y hermanos nos indican
los rumbos y los lugares y nos recuerdan los hechos reales, no estamos en el
caso de recibir lecciones sobre eso mismo que conocemos, dadas por pretendidos
sabios lejanos y teorizantes».
El señor Gandía resulta aceptando paladinamente lo antes
afirmado; pues en la pág. 136 dice: «al Oeste las misiones de Chiquitos
confinaban con la jurisdicción de Santa Cruz de la Sierra», lo cual -es una
verdad como un templo.
En ese sentido los antiguos linderos de Cordillera aparecen
en esta forma: «por el Este con los arenales de la misión de San José de
Chiquitos».
Aunque esto por lo tanto, exigiría «el relevo de pruebas»,
seguiremos razonando:
De que la Audiencia de Charcas haya «accedido al pedido de
los Jesuítas» para evangelizar ampliamente no sólo a los chiriguanos de esta
parte, sino a los de la otra parte del río Paraguay (los de ésa llamados
guaranís), no significa ningún reconocimiento que pueda perjudicar a Charcas;
pues suponiendo que la intención haya sido esa, las confesiones de terceros no
valen nada, en pleitos jurídicos, si no están autorizados para ello, y con las
demás condiciones de esta clase de pruebas.
Además que no hay tal: la evangelización por religiosos (o
frailes) de una provincia eclesiástica, no alteró las jurisdicciones políticas.
A Chiquitos entraron los jesuítas por el Paraguay (Colegio de B. Aires o de
Córdoba), en seguida por el Perú— Colegio de Juli— y a lo último del Colegio de
Tarija, y a nadie que sepamos, se le ha ocurrido derivar de eso, cambios
políticos o de frontera, en favor de esos países que ahora son repúblicas
independientes los dos primeros. Los religiosos para ejercer su ministerio,
empezaban por contar con los obispos de las diócesis respectivas y mal podían
ir como conquistadores de tierras y alteradores de circunscripciones
administrativas.
Alguna parte de las confusiones que se sufren en estos
asuntos, vienen de las duplicidades de nombres de pueblos, misiones, ríos y
territorios, de las tribus nómadas que se las encuentra aquí y allá, o
simplemente de equívocos más o menos graves, originados en lapsus o en
ignorancias. Así por ahí se habla de los itatines en ambas márgenes del
Paraguay, lo que es verdad, pues Chaves trajo a Chiquitos 3,000 de ellos, según
lo reconoce el señor Gandía, y el Mapa del Virreinato de Buenos Aires,
oficializado, del Ministerio de Relaciones Exteriores, contiene el error
fundamental de echar a Mojos sobre Chiquitos a causa de hacerlo comprender el
Pueblo o Misión de San Francisco Javier— que tantas veces dice el señor Gandía
que está a 16° y en ese grado, quizá causa de esa mapa, hace terminar a
Chiquitos— desconociendo la verdad de que hoy mismo existen pueblos en ambas
provincias con el mismo nombre: San Francisco Javier de Chiquitos (después de
Velasco, y hoy de Nuflo de Chaves) y San Francisco Javier de Mojos, hoy del
Cercado del Departamento del Beni.
Así el desconocimiento de hechos y lugares, trae errores
peligrosos y graves, que sirven de base a conclusiones falsas o ilusas.
Eso de que las misiones jesuíticas no podían variar las
circunscripciones territoriales, puesto que lo contrario habría desnaturalizado
la conquista espiritual, lo reconoce el señor Gandía, cuando, en la pág. 135
dice: «las reducciones jesuíticas, como muy bien se comprueba con la
documentación expuesta (la que adujo para su tesis), no tenían un carácter
provincial limitado, sino amplio, general, que no deseaba sujetarse a límites
jurisdiccionales siguiendo su misión de convertir a todos los indios infieles».
Nada más conforme con esto que se haya dado autorización a
los jesuítas para entrar por donde pudieran, y que los Gobernadores no sólo no
se lo estorben, sino que los auxilien, sin que por eso haya que aumentar
tierras aquí o quitarlas allá. Esto es lógico y nada hay que objetar. Además,
no hay que olvidar lo que por entonces se llamaba Chaco, y en cuál de los tres
hicieron alguna vez expediciones los Gobernadores del Paraguay.
El argumento que se trató de traer, resulta confesado en
contra, y ello exige, dentro del imperio jurídico, «el relevo de pruebas».
Esa paralogización es frecuente en estos asuntos y salvo lo
de «meterse a pontificar sobre lo que no se sabe a ciencia cierta», es
disculpable: los papeles de la época son a veces oscuros, pesados, al parecer
contradictorios, defectuosos (extensos en detalles y brevísimos en lo
sustancial); los lugares desconocidos muchas veces de los que escribieron y se
los encuentra reduplicados (yo conozco 3 ríos Piraí en el Oriente de Bolivia, y
en la República hay 9 Santa Rosa, 3 San Javier, 3 San José, 4 San Ignacio, 3
San Pedro, 3 Buena Vista, 3 Santa Ana, etc. Algunos de estos nombres los hay
también por duplicado en el Paraguay, Misiones y el Uruguay), y todo ello
contribuye a confusiones. Cada uno de los pueblos y ciudades de nuestro Oriente
se ha trasladado dos y tres veces a distancias grandes y se han fundido o
separado en forma que es preciso estar muy advertido de tales trasmutaciones
para no caer en equívocos gravísimos.
Así por ejemplo: Sta. Cruz ha tenido tres solares: primero
en el Sutós, a la falda de la Sierra que después se llamó de San José de
Chiquitos, en 1561; el segundo en los campos de Cotoca, en una fecha aun no
esclarecida hacia 1611, a 3 leguas de donde entonces estaba San Lorenzo; y
tercero en la Punta de San Bartolomé que es la actual ciudad, que resulta el
tercer solar. La Barranca ha tenido también tres ubicaciones: la primera en
Cordillera en 1559, sobre la derecha del Guapay (a 21 grados según el piloto o
maestro Diego Martín Rodecio cuyo error de ubicación en vez de 19° poco más o
menos se disculpa «por habérsele quemado la Memoria” en que había escrito «la
operación de tomar la altura»); la segunda en 1590 en la margen izquierda del
Guapay hacia los 17 y medio grados que es la que el señor Gandía sitúa varias
veces a 16° 30’ y que fué oficialmente fundada con el nombre de San Lorenzo,
pero que para el pueblo fué la «refundación de La Barranca»; y la tercera en
los llanos de Grigotá en el campo llamado La Punta de San Bartolomé sobre un
arroyo afluente de la derecha del Piraí. De esto resulta que San Lorenzo tuvo
dos solares, el que hemos mencionado como segundo de La Barranca en 1590, y el
de su traslación en 1595 al lugar donde se refundió después Santa Cruz.
Si a esto se agrega una circunstancia que ya hice notar en
una conferencia dada en esta ciudad en la Sociedad Geográfica en 1925; que la
misma ciudad se denominaba a la vez de dos o tres maneras (Sucre se gloría de
ser «la ciudad de los cuatro nombres», uno para cada actividad, pues la
Audiencia y el Obispado fueron de Charcas, la Intendencia y el Arzobispado de
La Plata, la ciudad en lo comercial y administrativo Chuquisaca, y últimamente
en lo político Sucre), se comprenderá que s o necesita ser del lugar y «leído
de añadidura» para distinguir con facilidad a qué tiempo y lugar se refieren
los documentos. La brega de los «crúcenos» de imponer el nombre de la antigua
ciudad de Chiquitos a San Lorenzo, resulta en los archivos que duró desde la
traslación de aquella a ésta hacia 1611, hasta 1839, pues que el 12 de julio de
este año, aparece quizá por última vez, el nombre de San Lorenzo en un libro
parroquial por el mismo Cura que había puesto hasta entonces ese nombre, y que
al fin, como vencido se resigne a poner Santa Cruz, «como es hasta el día».
La duda que puede tener el lector sobre esto, la tuve yo
antes de cerciorarme ocularmente.
Dados estos antecedentes tan complicados y por desgracia
ciertos, no es extraño que cada pueblo de Chiquitos tenga su Tapera (ruinas,
ubicación antigua) y que por lo tanto resulte que San Javier, Santo Corazón y
San Juan hayan tenido dos ubicaciones, y San Ignacio de Zamucos dos o tres,
cada una de ellas con sus comprobantes respectivos, y que por incomprensión del
tiempo a que se refieren, se forjen tesis tratando de probar la verdad de la
una y la falsedad de la otra.
Reservamos para otra oportunidad entrar en más detalles y
comprobantes sobre este punto, que además es de secundaria importancia, pues
medio grado más al Norte o al Sur, la jurisdicción de Chiquitos no terminaba en
el mismo pueblo, sino en la jurisdicción de su parroquia, y aunque incluida en
la provincia, ésta podía, según datos claros, ir hasta más allá.
Los alegatos sobre la interpretación de la Cédula de Í743,
son del género tinterillesco empleado por los paraguayos: que la declaración de
que el ángulo Paraguay-Pilcomayo y sus tribus, corresponde al Obispado de Santa
Cruz, dizque «es del memorial del P. Rico, y no del Rey», desconociendo que si
al Rey incorporó y repitió eso en su Cédula (como dice el señor Gandía en la
pag, 140), es que hizo suya la declaración, sin que ningún distingo pueda
tergiversar esa conclusión que es clara y repetida, salvo que del debate se
elimine la lógica y «la lealtad del litigante».
Enredándose en las telarañas de esa clase de argumentación,
el señor Gandía ha llegado a un colmo en la pág. 141, cuando, respecto de esas
retorcidas interpretaciones (lo que es claro, no es lícito jurídicamente
«interpretarlo» ni a los jueces al fallar los pleitos), dice: «La referencia
(de la Cédula) a los ríos Pilcomayo y Paraguay se explica por el hecho de que
por el noreste las misiones de Chiquitos podían acercarse al río Paraguay,
siempre arriba del paralelo 16 (paralelo que es una pesadilla, que no está
citado en los documentos básicos del asunto y que le ha ocasionado tropiezos
lamentables), y por el sudoeste tocaban el Pilcomayo al oeste del meridiano 63o
de longitud oeste de Greenwich (traído también sin que figure para nada en los
documentos comprobatorios pertinentes y contemporáneos), por medio de las
misiones de los chiriguanos incorporados a las misiones de Chiquitos pocos años
antes de ser expedida la R. C. de 1743».
Como entre Chiquitos y Cordillera no había entonces camino
ni comunicación, sino por San Lorenzo, conste que esa incorporación no tiene
sentido, como que no se verificó jamás.
De todos modos aquí tenemos otra vez que Chiquitos colindaba
por el oeste con la jurisdicción privativa de Santa Cruz— San Lorenzo, y esto
de que llegase al Pilcomayo, aunque sea superponiéndose a la Cordillera, tiene
también su aspecto de nueva confesión, en una forma que la interpretación de la
Cédula discutida «es un remedio peor que la enfermedad».
Reaparece la demostración de que la tesis boliviana sobre la
zona Paiapetí— Pilcomayo— Paraguay, no es absurda, ni insostenible: aquí la
sostiene el mismo señor Gandía, y esto muy conforme «con la realidad viviente
de las cosas», dicho sea en honor del experto exégeta.
Que antaño no se conocía el curso exacto del Pilcomayo, es
una gran verdad. El Rey y sus Reales Consejos lo suponían naciendo en
Chuquisaca y yéndose al oriente camino derecho a la Asunción, y por eso lo
consideraron río charquino de punta a cabo, y, a costa de suponer
posibilidades, es creíble que si hayan sabido que no era tan así, lo habrían
resuelto de otra manera, dejando quizá una parte del ángulo, al Paraguay; pero,
este es el quid, eso no fué así, sin que nosotros podamos remediarlo en
derecho, sino mediante transacciones a que Bolivia siempre estuvo lista.
Y para llegar a ellas, sólo hay necesidad de razonar,
reflexionar y ver las mutuas conveniencias, sin que sea preciso dedicarse a
retorcer el sentido y texto de los papeles viejos, haciéndolos decir lo que no
dicen. Es una tarea antiamericanista, como que levanta las pretensiones
exageradas de un pueblo bravio aún, que lleva las cosas a la inhumanidad y
remata en salvajismo.
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Siguen las contradicciones: muy al principio dijo el señor
Gandía que eso de que el Paraguay dependió de la Audiencia de Charcas era algo
así como un absurdo o una patarata insostenible; mas, en la pág. 142, tratando
de hacer interpretaciones de la Cédula del 743, dice: «en el año en que fué
expedida, todo el Paraguay y el Río de La Plata se hallaban desde 1566 al 1783,
excepto los años que van del 1561 al 1671 en que funcionó la Audiencia de
Buenos Aires, dentro de la Jurisdicción judicial de la Audiencia de Charcas.
Esta jurisdicción (continúa) no se toma en cuenta en las cuestiones de límites,
pues no era de gobierno, y de atenerse a ella no sólo el Chaco pertenecería a
la Audiencia de Charcas, sino todo el Paraguay, gran parte de la Argentina y
todo el Uruguay».
Es decir que aun cuando aquí se restringe la sujeción a lo
judicial, ya se confiesa que, por lo menos en ese aspecto, esos países
dependieron de Charcas, y si después comprobamos, como lo haremos con muy
perentorias pruebas, resultará que también dependieron en el gobierno o sea en
lo político y administrativo, sin que ello sea un absurdo, y tan lo hemos de
probar, que tendremos argumentos extraídos del mismo libro que analizamos.
Ahora viene el viejo argumento de las 15 leguas en derredor
de cada sede episcopal, felizmente reconociéndose a renglón seguido que esa
regla tenía sus excepciones en «la cercanía> y en la preferencia «de
términos, linderos, límites, las señales más claras y conocidas que se le
puedan dar, de manera que no quede ocasión, ni causa de pleitos y cuestiones
sobre dichos límites», lo cual, en tratándose de diócesis como las de esta
parte, con sedes episcopales a centenares de leguas, el radio de las 15 leguas
resultó algo tan fuera de sentido, que no tenía aplicación práctica. En todo
caso el círculo de Santa Cruz se interponía entre el de La Plata y Asunción.
Además, hay que tener en cuenta que esto fué cosa de los primeros tiempos de la
conquista (el señor Gandía invoca la ley de Toledo de 20 de febrero de 1534),
como eso de los adelantazgos, que luego quedó en desuso, y que lo que subsistió
fué la fijación de jurisdicciones por Bulas Papales o Cédulas del Rey, y la
regla de los últimos tiempos — que es la valedera en nuestra cuestión— fué la
concordancia de las jurisdicciones episcopales con las administrativas.
Es así cómo las estadísticas de las vicarías, curatos,
misiones, etc., indicaron los territorios, pueblos y provincias que pertenecían
a cada diócesis. Las congruas de los conversores de Mojos, Chiquitos y
Cordillera, se pagaron según los tiempos en Potosí, Cochabamba, Santa Cruz,
según donde estaban las Cajas Reales. Jamás se pagaron en el Paraguay.
Una prueba irrefragable proporciona la célebre «Guía de
Forasteros del Virreinato de Buenos Aires en 1803», con 7 años anterior al
utiposidetis, que nos trae las estadísticas oficiales, nóminas de beneficios,
curatos, misiones, etc., de todos los Obispados del Virreinato, y en ella
resulta que el Paraguay no tenía nada en el Chaco, mientras que en el Obispado
de Santa Cruz figuran los Curas de Cordillera y el Vicario y Curas de Chiquitos.
Los cuadros estadísticos, jurisdicciones, censos, etc., de
Chiquitos, son completos y prolijos en 1785, 25 años antes del uti posidetis,
de los que ya dimos muestras en el capítulo anterior. ¿Qué cosa semejante puede
exhibir el Paraguay?
Consta que sus Gobernadores, Obispos, Cabildo y Curas de esa
banda del río, no podían asomar a ésta sin estar en peligro de ser comidos por
los Guaicurús. Todavía en 1855 el viajero señor Bermejo contemplaba desde su
habitación la banda inhabitable para el blanco, que le quedaba al frente.
(Véase «Republicas Sudamericanas. Episodios de la vida privada, política y
social de la república del Paraguay». Madrid, 1873).
El Cura González de «La Emboscada», que quiso implantar una
estancia, hubo de repasar las pocas lecheras que no se comieron los bárbaros.
De todas esas misiones que han fundado en la imaginación o
en los papeles, no conocemos sus jurisdicciones, censos, templos, industrias,
etc., al contrario de lo que hemos presentado de Mojos y Chiquitos, por
ejemplo.
Nos reservamos hablar en su lugar de los mapas de Alós,
Haenke y algún otro y de su valor probante en la cuestión.
Por lo pronto, para terminar este capítulo, nos basta, como
deducción de todo lo ya demostrado, sostener la inexactitud de la afirmación de
que el Obispado de Santa Cruz, su Intendencia, nada tenían que ver con el Chaco,
a menos que se llame esto al territorio del Sur del Pilcomayo. En otro caso la
afirmación carece absolutamente de verdad.
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