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(Parte VII) PLÁCIDO MOLINA MOSTAJO REFUTA A ENRIQUE DE GANDÍA (LIMITES DE LA GOBERNACION DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA)

 

Un par de jinetes a orillas del río Piraí (Aprox. 1910)

En esta oportunidad les traemos la séptima entrega.

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Entradas publicadas: 

Parte I - PLACIDO MOLINA REFUTA A ENRIQUE DE GANDÍA (PARTE I) 

Parte II - PLÁCIDO MOLINA MOSTAJO REFUTA A ENRIQUE DE GANDÍA Y SUSTENDENCIOSOS POSTULADOS (Parte II)

Parte III - PLACIDO MOLINA REFUTA A ENRIQUE DE GANDÍA (SOBREMIGRACIONES Y DISCUSIONES LINGÜÍSTICAS)

Parte IV - PLÁCIDO MOLINA MOSTAJO REFUTA A ENRIQUE DE GANDÍA(SOBRE LOS LIMITES NATURALES ENTRE PERÚ Y PARAGUAY)

Parte V - PLÁCIDO MOLINA MOSTAJO REFUTA A ENRIQUE DE GANDÍA(SOBRE LOS ANTECEDENTES DE LA FUNDACIÓN DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA)

Parte VI - PLÁCIDO MOLINA MOSTAJO REFUTA A ENRIQUE DE GANDÍA (Sobre la fundación de Santa Cruz de la Sierra)

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LIMITES DE LA GOBERNACION DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA

(AL CAPÍTULO V)

 

Según la proposición rotunda del Sr. Gandía, puesta al comienzo del capítulo, fijará en él los límites de las gobernaciones de Manso y Chaves, «con la seguridad absoluta de no equivocarnos en lo que respecta a las líneas generales».

En seguida declaia «insostenible bajo todos los puntos de vista la tesis boliviana de que las gobernaciones de Manso y Chaves se extendían desde los contrafuertes andinos hacia el Oriente hasta el río Paraguay»... Que este absurdo «ni siquiera es digno de refutación». En la nota añade: «que muchos estudiosos bolivianos han sostenido por razones políticas y perfectamente convencidos de su error esta tesis totalmente falta de documentos, de lógica y de seriedad. La extensión de las gobernaciones de Chaves y Manso hasta el río Paraguay es una invención que no se funda en ningún documento, ni puede sostenerse con ningún argumento» .

A la verdad estas afirmaciones tan dogmáticas, expuestas por historiador tan capacitado— y para el autor de estas líneas tan respetable y digno de aprecio— son como para retraer de contradecirlas por tolerancia o urbanidad; pero, consideraciones aparte, son tan graves, en especial por quien las suelta, que el homenaje que se debe a la verdad, ante la que no se puede reconocer jerarquías, impone hablar.

En primer término ese aire tan magistral no es de estos tiempos, y entre hombres equilibrados y conocedores en parte, unos y otros, de la inmensa documentación existente, no es aceptable: la hay que nosotros conocemos, por ejemplo, y que por ciertas razones no conoce el Sr. Gandía, y recíprocamente.

De esa documentación hay gran parte seguramente conocida por estudiosos de la talla del Sr. Gandía; pero, como está tan dispersa y mucha parte de ella en nuestros archivos y en muchos otros de España e Hispanoamérica, es imposible dominarla un solo hombre, (para revisar los expedientes del Archivo de Sevilla, a uno por día «sin domingos y fiestas» se precisarían 138 años) que sin un lapsus, pues presunción de infalibilidad no cabe en un hombre ilustradísimo, no se puede hacer afirmaciones como las copiadas, explicables sólo por el entusiasmo con que el Sr. Gandía ha tomado la defensa de su amado Paraguay: «El amor es ciego», dijeron los poetas.

Bien, pues. Restablecida así la necesidad de ser equilibrado en estas cuestiones en las que nadie debe declararse a sí mismo infalible, entremos en discusión serena, «sin amor ni odio».

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Resulta medio expedito en una lucha, dirigirse contra el más enclenque de los que se encuentran al frente, y es el que ha empleado el Sr. Gandía rompiendo lanzas contra un autor de libros escritos a la ligera, que jamás fué conocido entre nosotros como preparado en esta clase de estudios, y que, con el derecho de hallar a mano tinta y papel, hizo hasta tres libretos sobre estas cuestiones; mas, por lo mismo de no ser «autor prudente», que pueda citarse como autoridad, bien podemos prescindir de él y no perder el tiempo en discutirlo; pues quizá merece la afirmación del Sr. Gandía, de «no ser digno de refutación». Medrados estaríamos si tuviésemos que ocuparnos de tantos como él, que han metido las manos en este plato.

(Una vez por todas debe quedar sentado que no es decoroso, ni caballeresco, hacer citas de autores, que han despotricado por ambas partes, metiéndose a escribir sobre cosas que no entienden).

Cita el Sr. Gandía a dos autores (al parecer extranjeros), «plagados de infinitos errores». Declaro que no conozco sus trabajos y me abstengo de todo juicio; tendrá razón el eminente crítico.

Para discutir la opinión o tesis de referencia, vamos a apelar a tres fuentes: la primera será tomar autoridades de extranjeros de relieve innegable, como para no arrumbarlos declarando que sostienen «absurdos faltos de lógica, de seriedad», etc.; la segunda la tomaremos de documentos auténticos, íntegros y verídicos, por lo tanto irrecusables; y la tercerá será el mismo libro del Sr. Gandía que contiene estas afirmaciones tan rotundas. Para no ser pesados al lector, seremos todo lo breves que podamos, reservando contrapruebas y discusiones para un trabajo menos improvisado que éste.

I

De un estudio del conocido y notable americanista D. Marcos Jiménez de la Espada (con estos adjetivos no lo pretendo infalible), y que original existe en el «Estante de Papeles Particulares», de Sevilla, extracto, por no alargar, las siguientes afirmaciones que me parecen ciertas, y el autor, con motivos para decirlas, pues las toma de documenmentos que cita teniéndolos a mano:

Que «hasta ahora ignoramos el texto de sus capitulaciones (las de Manso) con el Marqués de Cañete y el convenio concertado con Chaves, mediante y con la autoridad del Pdte. de la Audiencia de la Plata (si es cierto lo que asegura Rui Díaz de Guzmán en su Argentina, Libro 3o. capítulo 6o.) y no cabe resolverlo». Habla de los límites administrativamente fijados de la gobernación de Manso.

Ante una autoridad tan sesuda y modesta, y mientras no se presenten las capitulaciones y transacciones de referencia, creo que no es posible hablar ex cáthedra en este punto.

Hablando de esos límites y extractando conclusiones de los muchos documentos compulsados allí, de los que debían definir la cuestión, dice el mismo señor: «No debe perderse de vista que si el Chaco tiene lindes perfectamente marcados al oriente con el rio Paraguay y al Sur con el Bermejo o el Salado-, al norte y noreste no sucede lo mismo-». Que en este punto la cuestión linderos de los Llanos de Manso y del Chaco^tenían íntima relación, se demuestra con asentar que esa conclusión la extraía de que «los Llanos de Manso constituyen— parecer deduci­do de lo compulsado—la parte o zona setentrional del Chaco, y que esta (zona) es continuación de aquellos (los llanos), hacia el mediodía».

Son deducciones de centenares de documentos sobre el asunto, cuyo valor afirma su credibilidad en la prudencia con que se exponen, demostrativa de imparcialidad del autor, que como todos saben no es boliviano ni paraguayo.

Extractando posiciones y distancias en lo relativo a la zona, apunta las siguientes tomándolas de cédulas reales, relaciones oficiales y autores que hablaron conociendo el terreno, y que por eso—y por su concordancia con lo que nosotros conocemos— nos parecen cercanas a la verdad: Que de Santa Cruz de la Sierra, (la de Chiquitos, que por aclarar y por costumbre llamamos La Vieja), había a Santo Domingo de la Nueva Rioja de Manso, 14 jornadas, que al informante Francisco Ortiz de Veigara, Gobernador del Paraguay, le parece que eran 50 leguas».

— Que de Santo Domingo a las sierras, «había 5 jornadas (15 o 17 leguas, según la cortedad de ellas) de muy lindas tierras» (del mismo informe).

— Que siguiendo adelante por el camino que había tomado (el de Santa Cruz por Santo Domingo a La Plata), «salió al valle de Tomina, donde tienen estancias y haciendas los vecinos del Perú». (Idem, idem).

— Que Manso, con poca gente que logró atraer de La Plata, «se metió en las tierras de su descubrimiento..... y pobló a 70 leguas de la ciudad de La Plata, en los chiriguaneas y a lo que se extendía a otras 70 de los dos pueblos que tenía Chaves poblados, Santa Cruz y la Barranca». Extracto esto de la Relación de la Ciudad de La Plata, 8 Oct, 1561.

— Que «la tierra en que entró a descubrir y poblar el Cap. Manso se llamaba la provincia de los Chiriguanaes» dicen unos documentos, y otros la sitúan «a la otra parte de las Sierras», «hacia donde comienzan los llanos», y que «sus pueblos estaban a 70 leguas de La Plata».

— Que de la población de Manso al río Pilcomayo, había 40 leguas». Esto no sólo lo dicen muchos contemporáneos, sino la Real Cédula de 10 de Dic. de 1563.

— Que «la Relación verdadera del asiento de Santa Cruz de la Sierra, por Dn. Francisco de Toledo (virrey) «que yo (Jiménez de la Espada) atribuyo a Ruy González Maldonado, bajo la fe del P. Lozano y que luego he visto que debe ser bajo la fe del autor de La Argentina» (t. IIo délas Relaciones Geográficas de Indias), se extraen las siguientes conclusiones:

— Que los chiriguanos formaban tres grupos de pueblos, «lo que puede servir para apreciar aproximadamente el ámbito de la provincia de Chiriguanaes nombrada en la Relación de la ciudad de La Plata y que parece equivalente a la conquista de Manso»: el primer grupo «a la salida del Guapay a la Cordillera para los llanos»— la zona de Yitupué— que siguiendo la Cordillera hacia el Sur «tenía dos agrupaciones de pueblos» de los que estaban unos «apartados 12 o 15 leguas del camino que se traía para La Plata»; el segundo grupo sobre el Condorillo (hoy Parapetí), donde pobló Manso a Sto. Domingo de la Nueva Rioja; y el tercero «pasando más adelante»— es decir siempre al Sur— «sobre la ribera del río Pilcomayo, que nace y se hace junto a Chuquisaca, están los postreros chiriguanos en poco más o menos de 22 grados».

Concluye la exposición en la siguiente forma: “ Estos (llanos) que hay al frente y al este de Condorillo, solían ser muy poblados de mucha gente de behetría y fueron repartidos y encomendados por él Manso''. Esto último, según documento de tanta autoridad, prueba no sólo que la provincia de los chiriguanos llegaba al Pilcomayo, hacia su parte media—lo cual probaremos ser verdad basta el fastidio, si es necesario— sino que Manso “ tomó posesión efectiva’’, pues “ repartió los indios que los habitaban” .

— Que “ el camino de Condorillo y Pilcomayo abajo” , podría allanarlo gente de guerra en cierto tiempo o estación, porque se sabía que había gentes cercanas como los tobas y otros labradores y cazadores, “ que son cerca de la Asunción en las riberas del río Pilcomayo; y si el Manso no muriera tenía determinado de verlo, teniendo más gente”.

Lo cual deja deducir que sus capitulaciones lo autorizaban a descubrir por ese camino. Como las capitulaciones esas lio han sido halladas todavía, nadie puede sostener ex-cátedra lo contrario. La Relación oficial citada, autoriza nuestro criterio como lógico y prudente.

—El Sr. Jiménez de la Espada concluye la exégesis de la Relación de Santa Cruz de la Sierra con esta deducción: «Se señalan también (en el do­cumento extractado), otros chiriguanaes al oriente de Santa Cruz, que procedían de la otra banda del Paraguay, por consiguiente la provincia de los Chiriguanaes— o la conquista de Manso— llegaba por oriente a las orillas occidentales del Paraguay», conclusión esta, que si hubiésemos de admitir con los contrarios el argumento racial, no podrá ser contestado sin caer en una lastimosa contradicción.

— La Relación de D. Lorenzo Suárez de Figueroa (tomo II, Relaciones Geográficas de Indias), «documento de mucha autoridad por ser del Gobernador de la Provincia que se describe», según el citado Sr. Jiménez de la Espada, dice:

«La ciudad de Santa Cruz está poblada entre dos ríos... El primero es el Guapay que pasa 40 leguas de la ciudad por la parte del Poniente... El otro es el río de La Plata (o sea el Paraguay) el que pasa 60 leguas por la parte del Levante». Es decir indica en su texto que la jurisdicción de la ciudad llega a ambos ríos, pues, entre sus fronteras hay dos provincias de indios chiriguanaes, nombrada una Itatín» que está de la ciudad 30 leguas a la parte de levante, y la otra es la de los chiriguanaes que están en la Cordillera del Perú, a 50 o 60 leguas de ésta (Santa Cruz, la Vieja) por la parte del Poniente entre ella y la Provincia de los Charcas, los cuales están repartidos en tres fronteras», todo lo cual está confórme con la ubicación de la ciudad, la distancia a los ríos citados y la división que para la guerra con los chiriguanos se hizo de las tres fronteras de San Lorenzo, Tomina y Tarija.

—Extractando de La Argentina de Ruy Díaz, el mismo señor Jiménez de la Espada— a quien preferimos citar — porquera haciendo rectificaciones atinadas y resumidas— dice:

«Con este despacho— (de la erección del nuevo gobierno de Mojos—Santa Cruz) Chávez volvió (de Lima) a esta tierra donde fundó la ciudad de Santa Cruz en medio de los términos de esta provincia (unas 50 leguas al Levante de la actual ciudad), al pie de una sierra sobre la ribera de un delicioso arroyo (se refiere al Sutós), en comarca de gran número de indios, que fueron empadronados más de 60.000 en su término y jurisdicción, así a la parte del Septentrión y río de la Platajelrío Paraguay), como a la de Andrés Manso».

— Refiere también por extenso las idas y venidas de Manso, y al final de ellas dice que este caudillo «alzó su gente y pasó adelante a un pueblo de Chiriguanos llamado Sapirán y saliendo a los llanos de Taringui, distante 12 leguas, sobre un mediano río, asentó su real, haciendo allí su población donde los indios de toda la comarca le acudieron de paz y le dieron la obediencia».

— Continuando las narraciones del levantamiento de los Chiriguanos en 1564 y ruina de La Barranca de Chaves y Sto. Domingo de Manso, termina con referencia a la catástrofe de esta última:

«De este desgraciado suceso quedó a esta provincia llamarse llanos de Manso, que es un término dilatado y continuo hasta el río Paraguay, que está al este y bajando para el Sur de la Sierra, está en la gobernación de Tucumán (se refiere hoy a la provincia de Salta), y por el poniente Tomina en las tierras donde nace y corre el río que llaman Yetica que ocupan los pueblos de los chiriguanos de aquella frontera y que es el propio que los indios del Perú llaman Pilcomayo».......[Libro III. Cap. IV.).

Refiriéndose al valor probatorio de estos relatos, hace notar el Sr. Jiménez de la Espada, que esos textos que copia o extracta «son independientes los unos de los otros, cada cual tiene su origen propio y no hay indicio de que sus autores se hayan consultado mutuamente, ni conocido los documentos para dar el correspondiente suyo». Y concluye: «y me fijo especialmente en estas circunstancias para hacer resaltar en todo su valor el hecho de que todos (autores y documentos), coinciden en lo esencial». Esta conclusión es un razonamiento de gran valor jurídico que recuerda las reglas que los maestros de derecho fijan para dar, en materia de pruebas en los juicios, valor probatorio a los indicios. En efecto, condensando esas conclusiones enteramente armonizadas en historia y en derecho, dice: «hubiera podido añadir algunos datos más; pero yo creo que con este conjunto ordenado hay bastante para formarse idea exacta del asunto y fundar con bastante solidez una opinión basada en las deducciones, indicios y aun pruebas que de ellos resultan a un simple examen comparativo».

— Entre muchos documentos valiosísimos que anota el mismo señor de la Espada, está la capitulación del Capitán Lope de Castro de 1590,— que entre otras muchas semejantes otorgadas por virreyes y la Audiencia de Charcas sobre los territorios que se asignaron a Manso— , contiene determinaciones tan claras, como éstas:

«Que se le haría merced de la gobernación de los chiriguanos, y demás anexos que están dentro de los límites de esta gobernación, según que la tuvo el Capitán Andrés Manso y la deslindó por orden del Virrey Conde de Nieva el Regente Pedro Ramírez de Quiñones, en el pleito que sobre esto tuvieron el dicho Capitán Andrés Manso y Nuflo de Chaves Gobernador de Sta. Cruz de la Sierra».

(Por no alargar ésto, no seguiremos explotando las concesiones de Riquelme, con referencia a la de Rui Díaz, etc.)

Creemos haber comprobado, con las citas hechas de documentos oficiales analizados principalmente por el conocido americanista español Jiménez de la Espada, que la opinión de los estudiosos bolivianos, de que los territorios de Chaves y Manso llegaban al Río Paraguay, no es absurda, ni ilógica, ni desprovista de pruebas. En la 2a. parte de esta exposición se confirmará especialmente lo último.

II

Muy a la ligera—pues de lo contrario haríamos un tomo con sólo esto—vamos a exhibir documentos de valor incontrastable sobre lo mismo.

No consignaremos algunas decenas de informes oficiales sobre las provincias de Cordillera y Chiquitos—pueblos, misiones, fortines, deslindes, etc.— desde los primeros tiempos de la conquista, que reservaremos^para trabajo menos improvisado que este, y nos vamos a concretar a los más próximos al uH posidetis, que naturalmente tienen doble valor, porque cualesquiera pugnas con datos de anterior'fecha, quedan rectificadas'y corregidas por éstos, según la regla de lógica y de derecho, «que lo posterior reforma o deroga lo anterior».

— La Real Cédula de 17 de Dic. de 1743 es un documento que en'concordancia con sus antecedentes y con la conformidad de cuantos le siguen, reconoció que en el territorio de las Misiones de Chiquitos, «se comprenden todas las Naciones o! Parcialidades de Indios’ que hay entre los ríos Pilcomayo y Paraguay, desde las vecindades de Santa Cruz de la Sierra, a cuya Gobernación y Obispado se juzgan pertenecer», entre cuyas misiones se nombra la de San Ignacio de Zamucos, y conteniendo a la vez la declaración de que testos indios pertenecen al distrito de la Real Audiencia de Charcas».

Mucha dialéctica se ha empleado por 'los paraguayos y sus amigos para tergiversar las declaraciones de esta R. Cédula; pero sus términos claros, y su concordancia con los antecedentes anotados, y los confirmatorios que después vendrán, refuerzan la verdad de su declaración y la ratifican elocuentemente.

— En obedecimiento la R. Orden de 31 de enero de 1784— publicada ya con pocos anexos dos veces por mí en los folletos I o. y 3o. de la serie del «Litigio Boliviano-Paraguayo», y una vez por el Sr. Mujía en «El Chaco»— , se hicieron a doble mandato del Rey y^del Obispo de Santa Cruz Dr. Dn. Alejandro José de Ochoa y Morillo, informes de notoria exactitud, con censos y estadísticas minuciosos, de los cuales sólo vamos a reproducir los puntos pertinentes, es decir los que demuestran que Chiquitos, dependencia de aquel obispado, compren­día la región de Zamucos, o sea la parte del Este de lo que ahora se llama «Chaco Boreal», y la margen derecha del río Paraguay.

— Dejando para los anexos los censos y estadísticas, tomemos sólo los puntos en que delimitando las parroquias fronterizas, indican linderos que vienen al caso:

— «Extracto de este Pueblo del Patrocinio Señor San Joseph, en la Prova. de Chiquitos: el pueblo tiene 20 quadras en contorno, la jurisdicción dél tiene poco más o menos al Oriente doce leguas, al Occidente 30 leguas, al Sur 60 leguas, y al Norte 19 leguas; es de advertir que este pueblo se compone de tres Naciones, nominadas Zamamuca, Penoquiquia, y Piococa; estos naturales solamente ablan la lengua general chiquita, y esta es su perfecto idioma; de todos estos los mas medio entienden, y ablan tal cual razón del castellano; exeptuando las mujeres que totalmente no saben por ser su idioma serrado y solo en su idioma se manejan. Mission de Sn. Joseph de Chiquitos. Dic. de 1784 añs. ^Fdo] Manuel Roxas». (rúbrica). De los datos estadísticos resulta que este pueblo tenía 2527 habitantes.

«Extracto de este Pueblo de San Juan Bauptista en la Provincia de Chiquitos.— Del lugar donde este Pueblo se halla situado a la parte del Naciente, tiene de lonjitud 14 o 15 leguas, poco mas, o menos, hasta una moutaña nombrada el Suciis (serranía del Chochiís), y confina con la jurisdicción del pueblo de Santiago; a la parte del Poniente tiene de pertenencia 21 o 22 leguas, poco mas o menos, hasta un lugar llamado Votigas (Botijas), donde se hallan dos Ramadas, una perteneciente a este dicho pueblo y la otra al de San Joseph, por confinar allí ambas jurisdicciones. Por la parte del Norte tiene de latitud 70 a 80 leguas (según dicen) poco mas o menos, hasta una estancia que tuvo este pueblo nombrada San Cristóbal, y de esta estancia hay 6 u 8 leguas al río del Paraguay. A la parte del Sur no tiene término por ser todo una montaña intrancitable-».

«Las Naciones qe. hay en esta Población, son dos, una nombrada Bora y otra Morotoca...Missión de San Juan Bauptista de Chiquitos, y Diciembre 23 de 1784 años.— (Fdo. J Francisco Xavier Manzilla». (rúbrica), Según los cuadros estadísticos la misión tenía 1279 habitantes.

«Estracto de este Pueblo de Sn. Thiago Apóstol en la Provincia de Chiquitos. Por la parte del Oriente tiene de jurisdicción 20 leguas, por la del Ocaso 18, por la parte del Norte 15, por la del Sur se ignora su longitud por no poderse mensurar las leguas que distaran a los deslindes de las nuebas Misiones de la Cordillera de los Indios nombrados Cambas... Chiriguanos; sobre que conmedian unas montañas mui densas», etc. «Las Parcialidades o Naciones, son quatro, dos de Matauca, otra de Macay potoreraca entre muchos de dichos matauca y la otra de Macarañuca...Misión del Pueblo de Sn. Thiago Apóstol, Diciembre 24 de 1784 años.— (Fdo.) Nicolás Chavarría». Según los cuadros estadísticos tenía esta misión 1287 almas.

Santo Corazón.— «La situasión de este Pueblo de Santo Corazón de Jezu, Prova. de Chiquitos es al Levante: Gosa de quatro Parcialidades, que son Mataucas: Utuques: (otuquis): Boros: y Zamucos:... Parte jurisdisiones por el Levante con los Bárbaros Guaycurús, por el Mediodía, con Santa Fée por Tramontana con el Reyno de Portugal; (es decir que colinda, intermediando montañas, con el Brasil), por el Poniente con el Pueblo de Sn. Tbiago, que dista de este treinta leguas castellanas, a las beinte parte jnrisdisión, y para que conste lo firme en el dho. y Diciembre 31 de 1784 años, (fdo) Pr. Thomas Duqe. de Estrada», (rúbrica). Según los cuadros, esta misión contaba con 1132 habitantes.

Estos documentos de una autenticidad indiscutible, demuestran que las Misiones de Chiquitos colindaban en la paite del Sur, al occidente con la Cordillera de los chiriguanos, al Sur con las montañas (bosques) ocupadas por tribus de zamucos y guaycurús de la parte que hoy hemos consentido en llamar Chaco Boreal -pero que según lo demostrado es el Chiquitos meridional— y por el Este con el Brasil.

Anteriores con sólo un cuarto'de siglo al utiposidetis de 1810, estos documentos extendidos a conciencia por los conversores de esas Misiones, reforzados en sus afirmaciones por todos los caracteres de credibilidad, traen a una discusión serena, la convicción más completa.

Ellos corroboran la posesión del Obispado y la Intendencia de Sta. Cruz, sobre el ángulo Paraguay— Pilcomavo, que estableció con tanta claridad la Cédula Real de 1743, anteriormente citada.

No valen al frente de tales comprobantes los distingos mañosos que se han querido sostener sobre su sentido, violentándolo, a la vez que a la historia y a la lógica.

Ya hemos dicho que hay que abandonar ese maquiavelismo que tuerce lo más derecho y oscurece lo más claro, y traer a la discusión honesta y honrada, el análisis de los documentos, armonizando todos los elementos de una convicción sana, que se rinde ante la verdad, cuyos fueros son sagrados y tienen que triunfar, más tarde o más temprano, sin que haya fuerza sofística capaz de impedirlo.

Remitimos a los que gusten divertirse con argucias, a los autores que han tratado de extraer de esta Cédula conclusiones contrarias a su texto, que siendo claro, no se presta a las tergiversaciones de exégesis enrevesadas y a costa de ser sutiles se tornan en recursos de mala ley, propias de litigantes maliciosos y defensores de causas perdidas.

— De la enorme documentación que se refiere a los tratados y delimitación español-portuguesa, tomaremos solamente informes que, a más de ser oficiales y de imparcialidad ejecutoriada, sean próximos al uti posidetis, de modo que sus afirmaciones a más de ser dignas de fe por lo veraces y de autores conocedores del asunto, lo sean más por de última data, cercana, firme por lo tanto, a ese punto de partida y de parada del derecho americano.

Uno de esos documentos es el proveniente del último de los Comisarios españoles que debió concurrir a la delimitación español portuguesa emergente del cumplimiento del Tratado de límites de 1777, que era el vigente al comenzar la independencia de estas Colonias, y de cuyo pacto arrancaron sus derechos territoriales respecto del Brasil.

«Español venido de los reinos de España», y con una actuación de científico por ser ingeniero, y de enemigo de la independencia del Alto Peni-hoy Bolivia-que combatió ardientemente como militar, D. Antonio Rafael Alvarez de Sotomayor, es insospechable de parcialidad en la cuestión, en el doble aspecto internacional e interno que ella revestía, porque su informe puede servir a la vez para esclarecer la cuestión--fenecida-con el Brasil, como esta boliviano-paraguaya, en cuanto las líneas a trazarse que se le confiaron en la inmensa frontera, y que fueron las del río Apa al Norte, que hacen parte ahora del pleito que nos ocupa. Fue de los compañeros de labor de Azara, tenido por gran autoridad en la época, y al que el Paraguay no puede recusar.

Vamos, pues, a tomar sólo los puntos más pertinentes del informe prestado con motivo de la propuesta Desalines al Gobierno de Bolivia, y que fué expedido en 23 de noviembre de 1831, con referencia a la época que nos interesa:

«La primera consideración que ocurre sobre este negocio es el de los establecimientos que ocupan los portugueses en el territorio de la provincia de Chiquitos con infracción de los tratados de límites entre España y Portugal y señaladamente del celebrado entre ambas potencias el año 1777.»

Por lo que sigue del interesante documento, se desprende que esos establecimientos, que estan  hacia el río Paraguay, y que se proponen embarazar la navegación de él para los españoles, que según el tratado debía ser común, pues el lindero en esa parte «debe ser la corriente del río Paraguay desde el confín de dicha provincia (la de Chiquitos) al Norte de la Villa de Concepción, común a ambas naciones (España y Portugal), hasta la confluencia del río Jaurú, que le entra por la orilla occidental en la dirección o camino que va de Mattogrosso a la ciudad de Cuyabá, y ninguna de las dos naciones debe formar establecimiento alguno que pueda embarazar la dicha navegación.»

«Faltando a ese principio edificaron los portugueses en el mismo año en que se celebró el dicho último tratado, el Fuerte y población de Coimbra en el Estrecho de San Javier, que forma dicho río y en la orilla que es privativa a la provincia de Chiquitos, entre los 21 y 22 grados de latitud austral.»

Si se nota la ubicación de ese Estrecho, que es el llamado por los antiguos autores «el paso de los Jesuítas», y que después se trasladó Coimbra al lugar que hoy ocupa, no podrá menos que aceptar estas probanzas como de las más pertinentes y convincentes que se han aportado a esta litis.

Sigue el informe historiando la formación de otros establecimientos, y tanto al hacerlo del pueblo de Albuquerque, «treinta leguas al Norte del Fuerte anterior y orilla del río igualmente privativa de la provincia de Chiquitos,» como del pueblo de María «en territorio privativo de la provincia de Chiquitos, sobre el camino que va de Mattogrosso a Cuyabá,» y de «la población y Fuerte de Casalvazco, con guardias muy avanzadas hacia Chiquitos, en que sus sucesores (los del Capitán Luis Albuquerque de Mello Pereira y Cáceres,) han ido avanzando hacia la misma provincia (de Chiquitos,) a más de 20 leguas de la línea que establece el mismo tratado del 777 a pesar de las repetidas reconvenciones que yo (el Cnel. y Comisario informante,) les hice desde el año 793 en que se me encargó la demarcación de dichos límites por el Gobierno español y lo mismo por los Virreyes de Buenos A ires, de que resultó negarse a concurrir a la obra de demarcación convenida por ambas Cortes».

En fin, sería largo seguir al experto informante sobre las peripecias do esas gestiones para asegurar para Chiquitos, Santa Cruz, Charcas y España, esa navegación del río-límite entre las dos coronas. Lo copiado es demasiado explícito y luminoso para probar que la margen derecha de la que se habla con tanta certeza y conocimiento de causa y del terreno, era privativa de la provincia de Chiquitos.

Como este informe tenemos media centena, prestados por gobernadores, obispos, conversores, viajeros, etc., que dicen lo mismo, y que publicaremos en seguida.

Con lo dicho basta para esta parte de la demostración de que no es absurda ni insostenible la tesis boliviana de que Chiquitos llegaba al Paraguay. Que por el contrario está demostrada en forma que para espíritus serenos e imparciales, lleva el sello de la verdad.

Hemos de anotar la perfecta concordancia de las deducciones de estos documentos, con las que trae el señor Gandía en las págs. 119, 120 y 121 del libro que anotamos, cuando se refiere a las precauciones ordenadas por el Rey y su Consejo para defender las fronteras con el Brasil, para lo que debía «encargarse al Corregidor de Chiquitos que cele con especial cuidado los confines de Mattogrosso, de que injustamente se hallan apoderados los portugueses, como también de las grandes y ricas minas de Cuyabá, pareciéndole muy preciso, para que no continúen con sus usurpaciones, se formen hacia las lagunas de Manioré, Yayuba y Jarayes, que hacen caudaloso el río Paraguay (en territorio de Chiquitos,) otros pueblos de españoles de la misma naturaleza y para los propios fines con un pequeño fuerte o vigía»... y creyendo preciso para hacerlos bien «cree por más acertado que antes de ejecutarse se pida informes al Presidente de Charcas, al Gobernador de Santa Cruz de la Sierra, a su Obispo como tan instruido y celoso», y si bien este documento dice el señor Gandía «no define ni señala límites ni circunscripciones», es obvio comprender que esto no era necesario, siendo tan sabido por el Rey y su Consejo que esos territorios estaban en el Corregimiento de Chiquitos, en la Gobernación y Obispado de Santa Cruz y en la Audiencia de Charcas, por lo que debía pedirse informes a los Jefes de esas reparticiones; como que se pidieron y con ellos se dictaron nuevas Cédulas comisionando al Gobernador Militar de Chiquitos para fundar dos ciudades en su provincia, que por su situación hacia el Sur de las antiguas misiones, atendiesen a la vez a la sumisión de los salvajes de lo hoy llamado Chaco Boreal, y a la defensa de la frontera internacional que es precisamente lo que contienen las instrucciones al Gobernador de Chiquitos, Verdugo, trascritas en parte, en la pág. 124 del libro que anotamos.

No tendría sentido que si esa frontera haya estado en la jurisdicción del Paraguay, sin pedir informes a su Gobernador ni a su Obispo, los hayan pedido Rey y Consejo, al Corregidor de Chiquitos, al Gobernador y Obispo de Santa Cruz y al Presidente de la Audiencia de Charcas, si no es que por hallarse en sus respectivas jurisdicciones debían saber del asunto. No concebimos que sea lógico y, por tanto, lícito, sostener lo contrario, sino poniéndose los lentes colorados del poeta que dijo: que «todo es conforme el color del cristal con que se mira», lo cual tratándose de historia, es una ironía socrática que en el caso vale por una refutación.

Para terminar este capítulo, anotamos una observación al período final sentado en la pág. 125; pues cuando dice: «por este tiempo (la última fecha citada es la de 1792), como veremos más adelante, la Gobernación de Santa Cruz ya se había convertido en Intendencia, pero sus límites siguieron inalterables, feneciendo, por el Este en el río Parapetí», contiene grave inexactitud y contradicción, aunque ello sea irreverencia el decirlo, cediendo a la presión del ya citado apotegma: amicus Plmito,sed magis veritatis.

En efecto, si bien la Gobernación de Santa Cruz se transformó en Intendencia en 1783 y se habían erigido en 1777 los Gobiernos Militares de Mojos y Chiquitos, que si se los mantuvo depen­dientes de la Intendencia en lo militar y del Obispado en lo eclesiástico, se los separó de Santa Cruz en lo territorial y económico haciéndolos depender por entonces, directamente de la Audiencia de Charcas,— no se puede afirmar, comprobante en mano, «que los límites de la antigua Gobernación hayan quedado inalterables», y tau es ésto así;— que hubo enorme disgregación temporal, que sólo a esa condición de reconocer qrre los límites de Santa Cruz, que por ese entonces fueron reducidos a la «Subdelegación» dentro de la Intendencia cuya capital se llevó a Cochabamba, «fenecieron por el Este en el Parapetí»; porque la otra parte había quedado para el Gobierno Militar de Chiquitos que comprendía no sólo hasta donde estuvo la antigua capital de la Gobernación— qrre era en el centro de Chiquitos— sino hasta el río Paraguay, como no puede menos de convenirse, si no se quiere romper con la historia, con la geografía y con la lógica.

III

Sólo por haber ofrecido terminar esta parte extrayendo del mismo libro del señor Gandía, la comprobación de esa afirmación, vamos a hacerlo, aunque muy brevemente:

Respecto de Manso y Chaves se hacen algunas afirmaciones seguramente inexactas o aventuradas; sólo vamos a tratar de las que tengan relación directa con esta parte de la polémica:

1 ° .— Que Chaves «no fué Gobernador, sino teniente de Gobernador de la provincia concedida a D. García de Mendoza y Manrique por su padre el Marqués de Cañete». La verdad bien documentada rectifica esto, «pues como D. García de Mendoza (prosigue el señor Gandía), nunca se hizo cargo del Gobierno de Mojos-Santa Cruz, pues ya tenía el de Chile», el vecindario y Cabildo de la capital de la Gobernación gestionó para Chaves el título aquél, mediante las instrucciones conferidas en 22 de septiembre de 1561 a Alonso de Herrera, y al Capitán Hernando de Salazar, para que si no pudiese venir a su Gobernación el titular, «se había de suplicar a S. E. (el Virrey), haga merced a esta cibdad (Santa Cruz) y gobernación de hazer gobernador della al general Nuflo de Chaves confirmándole la provisión que tiene de que no se le pueda remober sino biniendo la persona del señor Gobernador»... lo cual accedido, dió a Chaves desde ese año el título y carácter de Jefe de su gobernación hasta su muerte. Exhibiremos los comprobantes, si estos antecedentes no se considerasen bastantes.

2 ° .— Que «la Gobernación de Ñufrio de Chaves no tenia más que 40 leguas de contorno dentro de las cuales se hallaban las ciudades de La Barranca y Sanca Cruz de la Sierra» (pág. 107). Para comprobar lo inexacto de esta afirmación, bastaría tener en cuenta que en la pág. 87 ha dicho “que Santa Cruz según la relación verdadera de su asiento hallábase a 50 leguas de La Barranca, que se encontraba a 17º de lat. Sud”, de modo que aun suponiendo que el territorio de la Gobernacion  se haya concretado a esa distancia de 50 leguas, como el entorno debia rodear ambas ciudades y algún territorio intermedio, siempre habría un diámetro de 50 leguas mínimo, que en la proporción de Arquimides (7 a 22) daría una circunferencia de más de157 legras, y si se añade que en seguida en la misma pág. 87 cita el autor la Relación del Gobernador Suárez de Figueroa que «atestigua que Santa Cruz estaba situada én 16°.30’ de latitud Sud y que distaba treinta leguas de los Itatines, que como lo afirma en otra parte el señor Gandía, estos indios fueron traídos por Ñuflo de Chaves y establecidos al oriente de Santa Cruz hacia el río Paraguay, resulta que desde La Barranca hasta Itatín, que el señor Gandía lo hace puerto, seguramente sobre el Paraguay, y suponiendo que hubiesen estado precisamente en el extremo E. y O. cada una, habría 80 leguas, diámetro que exigiría 251 de circunferencia.

Ahora bien, como en la pág. 107 ha dicho que Chaves empadronó y «visitó en contorno de 80,000 fuegos» (familias u hogares), y consignando sólo 5 personas a cada hogar (que es poco suponer para gente tan prolífica), tendríamos 400,000 habitantes, lo que daría en el reducido espacio de un círculo de 6 y 2[3 de leguas que eoi'responde a la circunferencia supuesta de 40, habría de suponerse una densidad de población como de la mayor de las naciones europeas de aquel siglo, lo que es absolutamente inverosímil.

En la pág. 108, siguiente a la en que afirma lo de las 40 leguas de contorno, dice que la Gobernación de Ñuflo de Chaves no pasaba de los 16° lat. Sud, pero como en otra parte dice que Santa Cruz estaba a los 16° y 30’ y que por el O. llegaba, como máximo, al 64° de longitud (Greenwich) y por el E. a los 50°, tenemos un diámetro de 6 grados y una circunferencia enorme.

Mas, si recordamos que la Gobernación se llamó inicialmente Mojos y el país de este nombre comenzaba en los 14 grados hacia los 7o o 10, según los tiempos, se verá que tales afirmaciones no tienen lastre alguno.

Y no puede decirse que es duro este juicio, cuando en el libro se encuentran afirmaciones tan opuestas a los propios antecedentes traídos. Por ejemplo, en las págs. 112 y 113, se concluye que la Gobernación de Santa Cruz asignada en 1571 al Cap. Zurita «quedaba circunscripta a los lugares de Santa Cruz, La Barranca y Condorillo» cuando renglones antes ha dicho que debía «descubrir camino y puerto» no sólo «para comunicar el Perú con la mar del Norte» (y para los Reynos de España, dice el original), sino «camino abierto y seguro para comunicarse con el Paraguay o río de La Platas— es decir, buscar salidas para las dos hoyas fluviales máximas del Continente y del Mundo— las del Amazonas y el Plata, quedando sin embargo la Gobernación «circunscripta» siempre a los «tres lugares de Santa Cruz, La Barranca y Condorillo», lo cual hace preguntar: ¿Así se debe escribir la Historia de una nueva República?

Hacemos propósito de dejar la revisión de las demás extensiones y algunas de las ubicaciones anotadas en el libro, sobre la Chiriguanía, Chiquitos, etc., reservándolas para otra oportunidad si se presentase.

Por lo anotado en los tres párrafos anteriores, podrá el lector imparcial, juzgar si la tesis boliviana de que los territorios sujetos a la Gobernación y Obispado de Santa Cruz incluidos en la jurisdicción de la Real Audiencia de Charcas llegaban al río Paraguay, merece los pesados adjetivos que le ha prodigado el señor Gandía.

Los errores que en estos asuntos cometían los Reyes desde Madrid, los Virreyes desde Lima o Buenos Aires, a miles o varios cientos de leguas en los siglos X V I y X V II, resultan insignificantes y muy disculpables si se comparan con los que en estos tiempos «de luces», se cometen por historiadores pletóricos de bibliotecas, de libros y documentos, y poseedores de vastísima ilustración.

Esto no se explica sino por ponerse al servicio de causas sólo defendibles a costa de ese esfuerzo intelectual, que cree lícito inventar argumentos, aunque sea luchando contra la realidad de las cosas y de los hechos. Por eso las contradicciones se revelan con sólo comparar unas páginas con otras, como se habrá visto en este incipiente análisis.

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