Grabados en acero. Impresos por American Bank Note Co. Hojas
de 100 sellos (10x10), papel blanco, perforación 12. En todas las hojas está el
nombre del impresor.
Por Decreto Supremo de 17 de agosto de 1825 se crean la
Bandera y el Escudo con cinco estrellas, correspondientes a los cinco
Departamentos de entonces: Chuquisaca, La Paz, Potosí, Cochabamba y Santa Cruz;
en ese orden.
Sexta estrella: Departamento de Oruro. Ley de 2 de septiembre
de 1826, Mcal. Antonio Jose de Sucre.
Séptima estrella: Departamento Litoral, capital Puerto La
Mar (Cobija), en el Distrito Atacama (Dpto. Potosí). Decreto de 1º de julio de
1829, Presidente Andrés de Santa Cruz.
Octava estrella: Departamento de Tarija, capital San
Bernardo de Tarija. Ley de 24 de septiembre de 1831, Presidente Andrés de Santa
Cruz.
Novena estrella: Departamento del Beni, capital Trinidad.
Decreto de 18 de noviembre de 1842, José Ballivián.
Los Decretos de Mariano Melgarejo de 1866 y 1868 crearon dos
Departamentos: Tarata, con capital Melgarejo (Capital de la República) y
Mejillones (Litoral), capital Constitución (Coro Coro) agregaron dos nuevas
estrellas al Escudo.
A la caída de Mariano Melgarejo en 1871, el Presidente
Agustín Morales anuló actos administrativos y políticos de su antecesor y el
escudo Nacional volvió a lucir nueve estrellas. En 1938 se crea el Departamento
de Pando con Ley de 24 de septiembre, Presidente Germán Busch; pero la décima
estrella de nuestro Escudo actual, se incorporó por Ley de 10 de noviembre de
1961.
Mediante Decreto Supremo de 20 de septiembre de 1867 el
Gobierno acepta la propuesta de la American Bank Note Co. para la impresión de
cinco valores de estampillas:
serán iguales a las de México de 1864 cuya muestra se
adjunta, con la sola diferencia de llevar en el óvalo central el Escudo
Boliviano, en vez del busto que aquellas llevan, y tener las inscripciones
siguientes: en la parte superior Correos de Bolivia y en la inferior el precio
o valor de la estampilla.
El contrato del que resultara la impresión de los Escudos de
nueve estrellas establecía un costo de un mil Bolivianos para la elaboración de
cinco planchas de impresión (valores de 5, 10, 50, 100 y 500 centavos) y un mil
doscientos veintiún Bolivianos con veinte centavos para la impresión de
seiscientas treinta y dos mil estampillas (sumatoria de todos los valores) que
representaban en valor de franqueo la cantidad de setenta mil Bolivianos.
Algunas modificaciones se introdujeron al contrato para incorporar
la elaboración de planchas para la impresión de estampillas destinadas a
Transacciones Sociales. Por el momento esto no es parte de nuestro trabajo.
Lo que es de gran importancia en las modificaciones del
contrato es la cantidad de estampillas emitidas (un millón ochocientas noventa
y seis mil) y el monto pagado por el incremento de esa cantidad (seiscientos
sesenta y tres Bolivianos con sesenta centavos.
5 de Noviembre de 1867. Comunicación para American Bank Note
Co. Es adjunto el modelo de las Armas de esta República que debe ponerse en el
centro de las estampillas, debiendo ser once las estrellas, en lugar de las
nueve que contiene.
La empresa ignoró la advertencia e imprimió el modelo de 9
estrellas. Numerosas pruebas y muestras se recibieron para la aprobación y
nadie se percató del error, sino hasta la llegada de la primera partida de
estampillas. Entonces se ordenó modificar las planchas antes de continuar la
impresión. Los Escudos de once estrellas no circularon mientras hubo
existencias de los Escudos de nueve estrellas, entre 1869 y 1871.
Deducimos entonces y al no haber un contrato diferente para
la impresión de los Escudos de once estrellas, que el mismo contrato original
con sus modificaciones es el que permite la impresión de las emisiones de
estampillas tercera y cuarta de la República, también durante el gobierno de
Mariano Melgarejo.
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