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15 DE JULIO DE 1938 – LEY DE REGALÍAS PETROLERAS / 11% PARA LOS DEPARTAMENTOS PRODUCTORES

Imagen: Dionisio Foianini y German Busch.

Con el propósito de promover el desarrollo de Santa Cruz y de las otras regiones del país que no se beneficiaban de la minería, Dionisio Foianini, entonces Ministro de Minas y Petróleos de German Busch redacto la siguiente Ley, que fue aprobada y promulgada el 15 de julio de 1938;
Art. 1°.- Modificase los artículos primero y segundo de la Ley de 31 de diciembre de 1929 en la siguiente forma:
Art. 2°.- Fijase en once por ciento de la producción bruta de petróleo de cada Departamento como renta a favor de los tesoros de las circunscripciones productores de dicho hidrocarburo.
Art. 3°.- Los fondos provelentes de ese porcentaje, se depositaran en los tesoros Departamentales semestralmente por las compañías o entidades fiscales explotadoras, y bajo su inmediata responsabilidad.
Art. 4°.- Continuaran en vigencia los demás artículos de la citada ley en todo aquello que no sea contrario a la presente.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la Republica, Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 15 días del mes de julio de 1938.

(Firmado) German Busch          Dionisio Foianini

Durante más de 20 años esta Ley fue ignorada, y serán necesarias las luchas civicas de los años 1957-1959 para que se llegue a promulgar una ley interpretativa al Código de Petroleo, el 21 de diciembre de 1959, para obtener su cumplimiento.
Dionisio Foianini Banzer (1903-2001) Doctor en Química de la Universidad de Pavia (Italia). Fundador en 1936 de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y autor, como Ministro de Minas y Petróleos de German Busch, de la Ley del 15 de julio de1938 que destina 11% de regalías a los departamentos productores de hidrocarburos.
Indudablemente, la Ley que por vez primera y en forma efectiva concede recursos propios a los departamentos productores de petróleo, abre una nueva etapa en la vida institucional de Bolivia, a la vez que su aplicación continua aun pasando por el tortuoso camino de su escamoteo, luego de hacerla dormir por veinte años y de meterla en el callejón muy boliviano, de las contradicciones jurídicas. Aunque no entró al plano de la controversia en su aplicación, porque aquí todo está claro, esta Ley logró movilizar al pueblo cruceño en todas sus clases sociales y arrastrar después tras de sí a otras instituciones de los departamentos beneficiarios, creadas para el efecto. Aún hoy, a más de treinta años de las memorables luchas de los cruceños por el pago de los adeudos, continúa reclutando prosélitos en el ámbito intelectual y político de modo que será muy difícil que los gobiernos venideros intenten desvirtuarla, como se intentó en el pasado.
Dionisio Foianini Banzer, Misión Cumplida, s.e. Santa Cruz de la Sierra, 1991, p.310.

Bibliografía:

1 comentario:

  1. Seria de gran ayuda si publicaran el nombre del autor, muchas gracias

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